Para ser parte del Directorio de la apda, usted debería conocer y tener en consideración algunos antecedentes e información que derivan del ejercicio del cargo, antes de iniciar el proceso y decidir si su tiempo y dedicación le permitirá ejercer como tal.

Sepa que el Directorio se renueva cada 3 años, para lo cual la apda convocará a sus socios para elegir uno nuevo, el que se compone de 11 miembros:  9 representantes del Campus Concepción, 1 del Campus Chillán y 1 del Campus Los Ángeles.

Consideraciones a saber para ejercer el cargo de Director (a)

  • Ser socio o socia apda
  • El cargo es ad honorem, es decir, no tiene incentivo económico durante su desempeño.
  • El cargo requiere de un tiempo de dedicación de 10 a 15 horas semanales, de las cuales 2 a 4 se destinan a reuniones presenciales en Concepción. El resto, destinada a gestiones y actividades en los diferentes Comités que integrarán y, responsabilidades y actividades propias del cargo, entre otras.
  • El cargo de Director (a) dura 3 años, pudiendo ser reelegible.
  • El nuevo Directorio deberá constituirse dentro de los 15 días hábiles siguientes a su proclamación, eligiendo de entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Prosecretario, un Tesorero y un Protesorero.

Requerimientos para el cargo de Director (a)

Según consta en el Art. 14º del Reglamento de Elecciones de Directorio apda, los candidatos a Director deberán inscribir sus candidaturas de acuerdo a los requisitos señalados:

  • Las inscripciones de los candidatos o candidatas serán individuales, deberán efectuarse por escrito y ser patrocinadas por a lo menos 20 (veinte) socios que tengan calidad de electores en el Campus Concepción, y por lo menos 10 (diez) socios que tengan la calidad de electores en los Campus Chillán y Campus Los Ángeles.
  • Antigüedad mínima de 5 años consecutivos como socio en la apda (a la fecha de votación).
  • No tener deuda morosa vigente con la apda a la fecha de postulación.
  • No tener sanción alguna por la apda durante últimos 5 años.
  • Las postulaciones deberán ser presentadas en un Formulario de Postulación que pondrá a disposición el Comité Electoral, dentro del plazo que determine el Reglamento de Elecciones.